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ÉTICA Y CUMPLIMIENTO



CNAT está plenamente comprometida con el cumplimiento de los principios éticos y la legislación y regulación vigente en las actividades que desarrolla, y en concreto, con los deberes impuestos por el Código penal español tras la incorporación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

En este sentido su Dirección de Cumplimiento se configura como un área independiente, con competencias en el ámbito de cumplimiento normativo y la prevención y corrección de conductas ilegales o fraudulentas.

CNAT ha establecido un Programa para la prevención de la comisión de delitos que tiene como objetivo principal el establecimiento de una cultura de cumplimiento y ética en la empresa y de esta forma reforzar el compromiso de trabajar contra el fraude y la corrupción en todas sus manifestaciones.

Este programa contempla los controles establecidos por CNAT para evitar la comisión de conductas fraudulentas, las actividades de formación y comunicación a desarrollar para la concienciación de los empleados y recoge también los protocolos de actuación y supervisión establecidos para vigilar el cumplimiento del programa.

Este programa junto con el código de conducta profesional, el código de conducta del proveedor, la Política de prevención de delitos y la Política anticorrupción constituyen los pilares principales de la normativa ética de CNAT:

  • El Código de conducta profesional recoge el compromiso de la empresa y de su equipo humano con los principios de la ética empresarial y la transparencia en todos los ámbitos de actuación, estableciendo un conjunto de principios y pautas de conducta dirigidos a garantizar el comportamiento ético y responsable de la totalidad de profesionales de CNAT en el desarrollo de su actividad con independencia de su nivel jerárquico y de su ubicación geográfica y funcional.
  • El Código de conducta del proveedor establece los principios éticos que deben guiar la actuación de los proveedores de CNAT en el desempeño de su actividad profesional y en sus relaciones con CNAT manifestando de esta forma su compromiso de “tolerancia cero” con el delito y cualquier forma de corrupción.
  • La Política para la prevención de delitos acredita el compromiso de CNAT con la vigilancia permanente y la sanción de los actos y conducta fraudulentos, con el mantenimiento de mecanismos efectivos de comunicación y concienciación de todos los empleados y con el desarrollo de una cultura empresarial de ética y honestidad.
  • La Política anticorrupción tiene como finalidad proyectar un mensaje rotundo de oposición a la corrupción en todas sus manifestaciones y constituye un compromiso de permanente vigilancia y sanción de los actos y conductas fraudulentos o que propicien la corrupción.

En cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, CNAT ha adaptado su buzón ético al nuevo Sistema interno de información establecido por la Ley. Este sistema prevé varios canales para que se puedan comunicar de forma confidencial y garantizando la no adopción de represalias aquellas conductas que puedan implicar la comisión de algún acto contrario a la legalidad o a las normas de actuación descritas en los correspondientes códigos de conducta, así como las acciones u omisiones que puedan constituir infracción del Derecho de la Unión Europea o infracción penal o administrativa grave o muy grave. Este Sistema interno de información es gestionado por el Responsable del sistema, constituido como un órgano colegiado integrado entre otros por la Dirección de Cumplimiento, que desarrollará sus funciones de forma independiente y autónoma respecto del resto de los órganos de CNAT.

Le corresponde a la Dirección de Cumplimiento la función de fomentar la difusión, el conocimiento y el cumplimiento del Código de conducta profesional y de las normas y procedimientos de cumplimiento y prevención del fraude mencionados anteriormente, y vigilar el funcionamiento, la eficacia y el cumplimiento del Programa para la prevención de la comisión de delitos, así como controlar su implantación y desarrollo.